• Menu
  • Skip to right header navigation
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral primaria
  • Saltar al pie de página

Latorre y Asociados

Firma especializada en la asistencia y asesoramiento a compañías españolas e internacionales

  • Nuestra empresa
    • Nuestro equipo
    • Visión, misión y valores
    • Áreas de Práctica
    • Clientes
  • Nuestros servicios
    • Consultoría
    • Contabilidad y Cumplimiento Fiscal
    • Gestión Empresarial y Laboral
    • Asesoría Legal
    • Reestructuración
  • Blog
  • Dirección y contacto
  • Español
    • Inglés
  • Nuestra empresa
    • Nuestro equipo
    • Visión, misión y valores
    • Áreas de Práctica
    • Clientes
  • Nuestros servicios
    • Consultoría
    • Contabilidad y Cumplimiento Fiscal
    • Gestión Empresarial y Laboral
    • Asesoría Legal
    • Reestructuración
  • Blog
  • Dirección y contacto
  • Español
    • Inglés

“Ley Beckham” Opción por la tributación del IRNR por residentes en territorio español

11 diciembre, 2017 //  by LyA Blog//  Deja un comentario

Opciones de tributación irnr de la ley beckham para residentes en España.

La conocida como «Ley Beckham» se aprobó para permitir a los no residentes que adquiriesen la residencia fiscal en España seguir tributando por el Impuesto sobre la renta de los no residentes (IRNR), es decir, mediante la aplicación de un tipo general fijo inferior al tipo marginal previsto en la normativa del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y los cinco siguientes. Así, con este incentivo fiscal se benefician principalmente a aquellos contribuyentes con rentas procedentes de rendimientos del trabajo elevadas.

En la regulación inicial, aunque era necesario el cumplimiento de determinadas condiciones, el incentivo resultaba de aplicación con independencia de la cuantía de las rentas que se obtuviesen. Esta situación dio lugar a supuestos considerados como abusivos o no deseados, por lo que el legislador modificó la regulación con efectos 1-1-2010 estableciendo un límite para su aplicación: los rendimientos del trabajo no debían superar la cuantía de 600.000 euros anuales.

Con efectos 1-1-2015 se volvió a modificar los requisitos para su aplicación (art. 93 LIRPF), si bien en este caso ha sido para su flexibilización.

En síntesis lo que nos indica la nueva redacción del articulo 93 LIRPF es que las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento a territorio español podrán optar por tributar por el IRNR, manteniendo la condición de contribuyentes por el IRPF, durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes, cuando se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que no hayan sido residentes en España durante los diez períodos impositivos anteriores a aquel en el que se produzca su desplazamiento a territorio español.

b) Que el desplazamiento a territorio español se produzca como consecuencia de alguna de las siguientes circunstancias:

1º Como consecuencia de un contrato de trabajo. Se entenderá cumplida esta condición cuando se inicie una relación laboral con un empleador en España, o cuando el desplazamiento sea ordenado por el empleador y exista una carta de desplazamiento de este.

2º Como consecuencia de la adquisición de la condición de administrador de una entidad en cuyo capital no participe o, en caso contrario, cuando la participación en la misma no determine la consideración de entidad vinculada en los términos previstos en el art. 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

c) Que no obtenga rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español.

Categoría: FiscalidadEtiqueta: Ley Beckham, no residentes, residentes, tributacion

Publicación anterior: «Obligación de cumplimentación de operaciones vinculadas a paraísos fiscales Operaciones vinculadas y con paraísos fiscales: obligación de información
Publicación siguiente: Tributación de la devolución de prima de emisión de las aportaciones de socios Cómo se tributan las devoluciones de prima de emisión y las devoluciones de las aportaciones de socios tras la reforma fiscal en la Ley de IRPF 26/2014.»

Interacciones de los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

Buscar

Reciba nuestro boletín en su email

En ningún momento compartiremos sus datos con otras personas o empresas, los datos facilitados pasarán a formar parte única y exclusivamente de la base de datos de LATORRE Y ASOCIADOS CONSULTORÍA S.L.. Podrá, en todo momento, ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos. Simplemente comuníquenoslo mediante un correo electrónico dirigido a lya@lyvea.com. Más información en nuestra página de política de protección de datos

Categorías

  • Fiscalidad
  • Mercantil
  • Sin categorizar

Últimos posts

  • COVID-19
  • Tratamiento en el IRPF de los socios de la condonación de deudas a la sociedad
  • Tributación de la devolución de prima de emisión de las aportaciones de socios
  • “Ley Beckham” Opción por la tributación del IRNR por residentes en territorio español
  • Operaciones vinculadas y con paraísos fiscales: obligación de información

Footer

Suero de Quiñones 34 – 36, 1P
28002 Madrid

Tlf: +34 91 781 82 40

  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

Suscríbase a nuestra revista gratuita por email

En ningún momento compartiremos sus datos con otras personas o empresas, los datos facilitados pasarán a formar parte única y exclusivamente de la base de datos de LATORRE Y ASOCIADOS CONSULTORÍA S.L.. Podrá, en todo momento, ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos. Simplemente comuníquenoslo mediante un correo electrónico dirigido a lya@lyvea.com. Más información en nuestra página de política de protección de datos

Site Footer

  • Ley de protección de datos
  • Ley de cookies
  • Aviso legal

Copyright © 2021 Latorre y Asociados · Todos los derechos reservados · Desarrollado por Roibits

Este sitio utiliza cookies para almacenar información en su ordenador. Las cookies son necesarias para que algunas de las funcionalidades de nuestra web están disponibles y otras nos ayudan a mejorar, puesto que nos da una idea de cómo se utiliza el sitio. Más información en nuestra página de política de cookies.AceptoPolítica de Cookies