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Blog

Obligación de cumplimentación de operaciones vinculadas a paraísos fiscales

Operaciones vinculadas y con paraísos fiscales: obligación de información

Sujetos obligados 1.- Respecto de la información de operaciones con personas o entidades vinculadas quedan obligados los contribuyentes del IS y del IRNR que actúen mediante establecimiento  permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español que realicen Operaciones con la misma persona o entidad vinculada siempre que el importe de la contraprestación…

Operaciones vinculadas y con paraísos fiscales: obligación de informaciónLeer más

Toda la información sobre las operaciones vinculadas por países y la documentación necesaria

Operaciones vinculadas: documentación país por país

Esta información es exigible exclusivamente cuando el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de entidades que formen parte del grupo, en los doce meses anteriores al inicio del período impositivo, sea, al menos, de 750 millones de euros.El plazo para su presentación es los doce meses siguientes a la finalización del período impositivo, en el modelo elaborado al efecto, y aprobado por orden ministerial.

Operaciones vinculadas: documentación país por paísLeer más

Cuáles son las principales novedades contables para los ejercicios que se inicien a partir del 2016.

Principales novedades contables

Con efectos para los ejercicios que se inicien a partir del 1-1-2016, este Real Decreto nace con el objeto de desarrollar reglamentariamente las modificaciones introducidas en nuestro derecho contable por la L 22/2015, como consecuencia del proceso de transposición de la Dir 2013/34/UE.Las principales novedades son:1.-Simplificación de las obligaciones contables de las pequeñas empresas: Se materializa en la eliminación del estado de cambios en el patrimonio neto, que pasa a configurarse como un documento voluntario

Principales novedades contablesLeer más

Tipos de deducciones por doble imposición y compensaciones.

Limitaciones en deducciones por doble imposición, deterioros y otras provisiones y compensación de BIN

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016, para los contribuyentes que, durante los doce meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, tengan un importe neto de la cifra de negocios (INCN) de al menos 20 millones de euros, se establecen las siguientes limitaciones (LIS disp.adic.15ª y disp.trans.36ª redacc RDL 3/2016):1) Se limita al 50% de la cuota de cada contribuyente el importe conjunto aplicable por las siguientes deducciones para evitar la doble imposición

Limitaciones en deducciones por doble imposición, deterioros y otras provisiones y compensación de BINLeer más

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